21 de junio de 2018

Gestión de inmuebles

 gestionamos directamente con la propiedad

  • más de 1.500 hectáreas de rústica (tanto de labor secano como regadío)
  • cerca de 20.000 m² en urbana (solares, edificios, viviendas, locales . . .)

 

 

Nuestra tarifa a la hora de venta de un inmueble es el mismo que el de cualquier inmobiliaria, es decir,

  • 2% del importe acordado que paga el comprador
  • 2% del importe acordado que paga el vendedor

El pago se realiza de la misma manera que se realiza la transición económica

  • si se realiza una entrega “en arras”, se cobra el 2% de dicha entrega a ambas partes.
  • cuando se pague el resto del importe total, pues nosotros también.

NOTA:

Podrá existir un descuento tanto al comprador como al vendedor si se pacta previamente, revisándose los servicios incluidos en la hoja siguiente.


La única diferencia con una inmobiliaria es que ofrecemos, incluido en nuestros honorarios:

  • Para el vendedor:
    • certificado energético
    • Cálculo del impuesto de Plusvalía, así sabrás lo que tendrás que pagar en tu ayuntamiento o si estás exento, nosotros nos encargamos de intentarlo
    • baja como titular catastral en el recibo de contribución
  • Para el comprador:
    • escriturada a nombre del nuevo propietario
    • cálculo del impuesto de transmisión, así sabrás de antemano, lo que tendrás que pagar a la Hacienda Autonómica
    • alta como titular catastral en el recibo de contribución
  • Para ambos
    • asesoramiento técnico especializado en materia inmobiliaria por parte de especialistas, con visita “in situ”
      • tanto urbano (arquitecto, aparejador)
      • como rústica (ingeniero agrónomo / ingeniero téc. Agrícola
      • común (topógrafo, abogado especialista en urbanismo)
    • tasación del inmueble
    • nota simple del inmueble para ver el estado registral (cargas, titular, superficie, . . .)
    • plano sobre la cartografía catastral georreferenciado según Ley 13/2105 de concordancia entre Registro de la Propiedad y Catastro
    • archivos GML o RGA (realidad gráfica alternativa) para presentación en Registro de la Propiedad
    • validación gráfica por la Dirección General del Catastro para correspondencia con Registro de la Propiedad

¿no está mal, no?

No incluye

  • medición en campo para deslinde o comprobación superficies
  • valoración del inmueble
  • asistencia jurídica en caso de deslinde o reparto judicial

Para muestra, un botón, podrás encontrar algunos ejemplos en

I N M U E B L E S   D I S P O N I B L E S  en  MilAnuncios.com

I N M U E B L E S     e n    idealista.com

si necesitas más información manda un email a info@atmcatastro.com